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martes, 26 de noviembre de 2013

AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA. Los Certificadores. Certificado Energético Segovia Madrid










Los certificadores te ayudamos a pedir las subvenciones para la rehabilitación energética de tu vivienda:
Acaban de salir publicadas unas subvenciones y préstamos del Ministerio de Industria de España para mejorar la eficiencia energética de los edificios residenciales. El objetivo de las ayudas es promover actuaciones en edificios de viviendas para mejorar su ahorro energético y el aprovechamiento de energías renovables.

Se pueden beneficiar de estas ayudas todos los propietarios particulares o comunidades de propietarios de edificios de viviendas y hoteles.

Si quieres más información escribenos a loscertificadores@gmail.com y te enviaremos un pdf resumen con toda la información detallada.

A. LAS AYUDAS SON LAS SIGUIENTES:

1. Subvenciones: entrega de dinero sin tener que devolverlo, hasta 3000€ por cada vivienda del edificio.
2. Préstamos reembolsables, que hay que devolver en un plazo de 12 años y con un tipo de interés del Euribor + 0,0%. Hay que presentar un aval o bien un seguro de caución.

B. REFORMAS POSIBLES DEL EDIFICIO

Las reformas del edificio de viviendas (bloque de viviendas o vivienda unifamiliar) que se incluyen son:

 
1.REHABILITACIÓN DE LA FACHADA Y CUBIERTA DEL EDIFICIO.
Esta medida incluye una subvención del 30% del coste de la reforma, hasta 3000 € como máximo.
Y préstamo reembolsable hasta el 60% del coste de la reforma.
Esta reforma podría incluir actuaciones como:

- Sustitución de vidrios y carpinterías en las ventanas por otros nuevos con cámara de aire y rotura de puente térmico.

- Colocación de aislamiento térmico en las fachadas y cubiertas del edificio por el exterior o por el interior de los mismos.

- Mejora de la calidad y el espesor de los materiales de fachadas y cubiertas.

- Colocación de sistemas de sombreamiento como toldos, persianas, voladizos...

- Sellado de fisuras, grietas y rendijas en la fachada y la cubierta.




2. MEJORA DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS Y DE ILUMINACIÓN.
Para esta medida es posible un préstamo de hasta el 90% del coste de la obra.
En esta reforma se incluyen todo tipo de mejoras en los sistemas de calefacción y refrigeración como:

- Sustitución de calderas de calefacción y agua caliente por cualquier otra con mayor redimiento:
       caldera de combustión de alta eficiencia
       caldera de condensación
       caldera de biomasa, gas natural o gasóleo siempre que sea más eficiente que la actual.

- Mejora del aislamiento de la red de conductos.

- Implantación de sistemas de acumulación de agua para calefacción y agua caliente sanitaria.

- Instalación de paneles solares para el agua caliente sanitaria o bien para la calefacción de las viviendas.

 - Mejora de las instalaciones de iluminación del edificio.




3. INSTALACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA:
Para la reforma del sistema de calefacción y agua caliente utilizando geotermia se conceden préstamos de hasta el 90% de la obra.

La geotermia consigue extraer el calor del interior de la Tierra mediante perforaciones del terreno. Puede ser de dos tipos: superficial (como en la imagen) y profunda. En la excavación profunda se instala un pozo en la parcela, que extrae el agua caliente mediante una bomba. Este agua caliente de la Tierra sirve para calentar el agua caliente sanitaria y el agua del circuito de calefacción de la vivienda. (En las próximas entradas ampliaremos esta información en nuestro blog).


C.  ¿CUÁNDO SE PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS?
Las ayudas se pueden solicitar desde el pasado octubre de 2013 hasta el 30 de octubre de 2015.


D. ¿DÓNDE SE PRESENTAN LAS SOLICITUDES Y QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR?
Únicamente de manera telemática, conforme al formulario disponible en www.idae.es

Las solicitudes, con carácter general, deberán ir acompañadas de: 
- Fotocopia DNI/NIE de la persona que firma la solicitud.
- Fotocopia del documento que acredite la propiedad del edificio.
- Declaraciones responsables de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad  Social y de no haber solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación.
- Datos bancarios para la transferencia de la ayuda
- Certificación catastral del inmueble.
- Informe justificativo en el que se indicará las tipologías de actuación, descripción de las actuaciones
elegibles, justificación del coste, cuantía máxima y cuantía y modalidad de la ayuda.
- Certificación energética del edificio
- Proyecto o memoria técnica de las actuaciones a realizar.
- Presupuesto de las actuaciones.
- Fotocopia del permiso o licencia de obras, cuando
sea necesario.

Nosotros te facilitamos la tramitación de las subvenciones para tu mayor comodidad. Si estás interesado escríbenos a: loscertificadores@gmail.com con tu nombre y teléfono y te mandaremos un pdf con la información detallada.



Os invitamos a compartir esta información en vuestras redes y a copiar el texto íntegramente siempre y cuando citéis la fuente. ¡Muchas gracias!

8 comentarios:

  1. A ver si de una vez por todas se apuesta por a rehabilitación energética y el ahorro de energía. Sin ayudas a la rehabilitación las medidas como el certificado energético no van a servir de nada.

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  2. Gracias Javier y Carlos. Creo que tienes razón, ya han construído bastante por nosotros todos estos años, los edificios que les tocaban y los que nos tocaba construir a nuestra generación, asi que ahora a rehabilitar! saludos ;)

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  3. Me gustaría saber si hay q solicitar siempre al idae o a los organismos autonómicos en el caso de que los haya un saludo

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  4. Hola, sí, para poder acceder a este tipo de ayudas el organismo encargado de administrarlas es el IDAE: Instituto para la diversificación y Ahorro de la Energía. El IDAE es un Organismo público adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Este programa de ayudas ha sido convocado por el IDAE y por tanto es su único administrador. Sin embargo puede que existan otras ayudas a la rehabiliatación en el ayuntamiento de tu ciudad o en tu comunidad autónoma. Por ejemplo, en Segovia, existe un programa de rehabilitación del Casco Antiguo que subvenciona parte de la obra. Espero haberte ayudado, Saludos.

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  5. En los próximos días hablaremos de las subvenciones del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, Rehabilitación Edificatoria y Regeneración y Renovación Urbanas, de Abril de 2013. Las encargadas de repartir estas ayudas sí son las Comunidades Autónomas como tú bien apuntabas.

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  6. Este artículo me ha servido de ayuda, era lo que buscaba relacionado con Los Certificados energéticos Aunque a lo mejor hoy días las ayudas no existirán

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  7. ¿Qué plazos hay para reclamar?
    En caso de autoliquidación, es decir, si se ha abonado el impuesto de forma voluntaria, el plazo es de 4 años.
    En caso de liquidación, si el pago se hizo por requerimiento del Ayuntamiento, tendrá solo un mes de plazo desde la misma.

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